La etiqueta energética llegará también a las viviendas y edificios
Estamos acostumbrados a encontrar estas etiquetas en electrodomésticos. Normalmente saltan a la vista cuando comprobamos como dos aparatos de características similares tienen un precio bastante diferente. ¿A qué se debe esta diferencia? A la eficiencia energética del aparato.
Y es que el interés de la gente siempre se acentúa cuando afecta al bolsillo, y son muchos los que prefieren pagar más por un electrodoméstico más eficiente, que a la larga será más rentable y más respetuoso con el medio ambiente.
En los últimos tiempos venimos comprobando como el etiquetado energético se está extendiendo a otros productos nada parecidos como los neumáticos de nuestros vehículos.
Pronto llegará el turno a nuestras viviendas y edificios, pues el gobierno tiene en proyecto un Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
Este RD contempla que a partir del 1 de enero de 2013 todo propietario que venda o alquile su vivienda deberá presentar el certificado de eficiencia energética al inquilino o comprador. De esta forma, la ‘etiqueta energética’ del edificio tomará valor en las decisiones de compra y alquiler de las viviendas, como se venía demandando desde hace tiempo.
¿Qué supondrá la aprobación de este nuevo Real Decreto?
- Para el propietario, que es el encargado de obtenerlo, supondrá en primer lugar tener en cuenta las gestiones oportunas que habrá de realizar para obtener el certificado. En segundo lugar, conocer el comportamiento energético de su propiedad y, por consiguiente, asumir la incorporación de un nuevo criterio al conjunto de características que permitirán al futuro comprador o inquilino decidir si comprar o alquilar su vivienda.
- Para el comprador o inquilino del piso supondrá contar con la información completa del edificio, al poder tomar su decisión teniendo en cuenta los criterios energéticos, hasta ahora ignorados por la ausencia de información al respecto, información que había sido reclamada desde hace tiempo por las redes sociales, entre otros.
- Para el Ministerio de Industria, Energía y Turismo a través del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE) supondrá proceder, con anterioridad al nuevo año, a la formación del personal técnico cualificado para realizar las labores necesarias para efectuar la certificación energética de edificios existentes.
- Para las comunidades autónomas, una vez que entre en vigor el Real Decreto supondrá, entre otras, que deberán habilitar el registro de certificaciones oportuno. Además, tres meses después desde la entrada en vigor, deberán establecer un inventario de los certificados registrados desde la entrada en vigor del Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, del procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción.
Por otro lado, los edificios de titularidad pública o privada que presten servicios públicos deberán mostrar su etiqueta de eficiencia energética antes de un plazo que oscila entre el 9 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2015 en función de la superficie útil y del régimen de titularidad del edificio.
En definitiva, la llegada de la etiqueta energética a nuestros edificios es inminente, comienza la cuenta atrás y los plazos y compromisos que han de cumplirse exigirán la toma de decisiones, la puesta en marcha de registros, el impulso de procesos formativos y sobre todo, el fomento de la información al ciudadano para que sea consciente de conceptos como la demanda energética o las emisiones provocadas por el consumo energético de su edificio y su impacto sobre el cambio climático. De esta forma, un ciudadano informado y concienciado acometerá inversiones en eficiencia energética, consciente del beneficio económico y ambiental que esta decisión reportará y asumirá que el certificado de eficiencia energética no se tratará de un mero trámite más en la compraventa o arrendamiento de una vivienda.
FUENTE: La Casa que Ahorra